Intendencia toma medidas junto a ADEOMS por coronavirus

Salto, 15 de marzo de 2020

VISTO: La confirmación de dos casos de COVID19 (Coronavirus) en el Departamento de Salto.
CONSIDERANDO: I) Que el Coronavirus COVID19 se transmite de persona a persona, por lo que es necesario extremar las medidas de prevención para evitar su propagación.
II) Que el numeral 24 del artículo 35 de la Ley 9.515 dispone que compete al Intendente ejercer la policía higiénica y sanitaria de las poblaciones, sin perjuicio de la competencia que corresponda a las autoridades nacionales, siendo de su cargo la adopción de medidas y disposiciones tendientes a coadyuvar con las autoridades nacionales para combatir las epidemias, disminuir sus estragos y evitar remover sus causas.
ATENTO a lo expuesto y en uso de sus facultades legales, el INTENDENTE DE SALTO
RESUELVE:
1.- Exonerar de la obligación de asistencia por 14 días a los funcionarios de la Intendencia de Salto que hayan regresado luego del 25 de febrero de 2020 de alguno de los siguientes países: Alemania, Italia, China, Corea del Sur, España, Francia, Irán, Japón, Singapur e Inglaterra y/o que hayan tenido contacto con una persona diagnosticada o en cuarentena en nuestro país y recomendar enfáticamente la no asistencia a su puesto de trabajo hasta nuevo aviso. Los funcionarios comprendidos deberán informar a la persona responsable de su área, así como a la Oficina de Recursos Humanos vía telefónica. A fin de acreditar lo anterior, deberán enviar foto del pasaporte sellado por correo electrónico o vía whatsapp, no debiendo concurrir en forma personal en ningún caso.
Quedan también exonerados de la obligación de asistencia por 14 días los funcionarios diabéticos, asmáticos o con otros problemas respiratorios crónicos, oncológicos e inmuno-deprimidos transplantados, debidamente certificados ante la Clínica Municipal.
2.- Suspender a partir del día de la fecha todas las actividades culturales, deportivas o de cualquier índole, ya sean congresos, conferencias o charlas que estén programadas en instalaciones de la Intendencia de Salto, hasta nuevo aviso.
3.- Suspender a partir del día de la fecha todos los espectáculos públicos en espacios abiertos o cerrados, los eventos sociales, culturales, deportivos o de cualquier índole a desarrollarse en espacios públicos.
4.- Disponer el cierre al público de museos, teatros, salas de exposición y zoológico hasta nuevo aviso.
Dispone el cierre de los hogares municipales, con excepción del Hogar del Adulto Mayor.
5.- Suspender la expedición de carné de aptitud laboral.
Suspender el carné de salud para conductores y licencia de conducir hasta nuevo aviso, prorrogándose por tres meses la vigencia de los mismos con fecha de vencimiento posterior al 13 de marzo del 2020. Esta suspensión no abarca el carné de salud ni la licencia de conducir profesional.
6.- Limitar a 25 (veinticinco) el número de usuarios que pueden permanecer en el hall de las oficinas centrales.
Limitar a 10 (diez) el número de usuarios que pueden permanecer en el hall de la ex – Terminal de Ómnibus y el hall de la Clínica Municipal.
En las demás dependencias, solo podrá permanecer un usuario por oficina y/o escritorio.
7.- Exhortar a la población en general a hacer uso racional del servicio de ómnibus, utilizándolo únicamente en casos de necesidad con el importe exacto en efectivo del valor del boleto.
8.- Aplicar a las unidades de transporte de pasajeros de la Unidad Ómnibus de la Intendencia de Salto un protocolo especial, consistente en:
– Las unidades deberán circular con todas las ventanillas abiertas.
– No deberán trasladarse pasajeros de pie.
– Quedan suspendidos hasta nuevo aviso el traslado de beneficiarios de abonos escolares y liceales, pases libres y pasajes gratis con exhibición de cédula de identidad.
– Los conductores-cobradores tendrán a su disposición alcohol en gel, debiendo higienizarse las manos por lo menos dos veces por hora.
– En caso de que pretendan utilizar el servicio personas con alguno de los síntomas mencionados en el numeral siguiente, se le invitará a descender de la unidad, dando aviso al número que corresponda: 091519997 (C.A.M. Adultos) o al 47320309 (Dirección General de Salud del MSP).
– Se deberá realizar una limpieza general de las unidades consistente en lavado con agua y detergente de todas las superficies y posteriormente desinfección con solución de hipoclorito de sodio, con una concentración de 600 cc de hipoclorito de sodio cada 10 litros de agua una vez por día, al finalizar el mismo.
9.- Recomendar a quienes estuvieron en alguno de los países mencionados en el numeral 1 de esta Resolución o en contacto con una persona con enfermedad respiratoria y presenta los siguientes síntomas, consultar telefónicamente a su prestador de salud o al 0800 1919 o solicitar cita de médico a domicilio:
• Fiebre alta sobre 37,5°C
• Tos seca
• Dificultad respiratoria
10.- Recomendar a la población extremar las medidas de higiene, implementando rutinas diarias de lavado de manos. Al momento de toser o estornudar se recomienda utilizar pañuelo desechable que deberá ser descartado inmediatamente en basurero cerrado, o en su defecto sobre el pliegue del codo.
11.- Se exhorta a todo usuario de los servicios municipales que hayan estado en alguno de los países referidos en el numeral 1 de esta Resolución a no concurrir a las oficinas municipales y a comunicarse al 08001919 o su prestadora de salud.
12.- Todo usuario que concurra a dependencias o utilice servicios municipales deberá:
– Evitar todo tipo de contacto físico, incluso saludos.
– Guardar más de un metro de distancia con las demás personas.
– En caso de estornudar o toser, hacerlo sobre el pliegue del codo.
– Evitar tocarse la cara con las manos.
13.- Se debe asegurar la continua reposición de jabón en todos los sanitarios, así como alcohol en gel en diferentes espacios destinados al personal (marcación de ingreso de los funcionarios, baños, etc.).
14.- En las dependencias de la Intendencia de Salto los funcionarios deberán, entre otras medidas que puedan disponer las jerarquías:
– Mantener la correcta higiene del lugar de trabajo, muebles y útiles, debiendo limpiar correctamente las superficies de su escritorio y accesorios, incluyendo teléfono celular.
– Lavarse las manos frecuentemente, con agua y jabón o soluciones a base de alcohol.
– Evitar todo tipo de contacto físico incluso al saludar.
– Mantener una distancia de por lo menos un metro de las demás personas.
– Abstenerse de compartir mate, alimentos, bebidas, cubiertos, platos, vasos, teléfonos celulares y demás objetos personales.
– En caso de estornudar o toser, hacerlo sobre el pliegue del codo.
– Evitar tocarse la cara con las manos.
– Mantener ventilados los ambientes de trabajo.
15.- En todas las puertas de ingreso a oficinas o dependencias municipales habrá un responsable (portero u otro funcionario) para el debido control de lo dispuesto en esta Resolución, que deberá ser designad por el jefe de área.
16.- Los funcionarios que estuvieren en cuarentena por disposición de las autoridades competentes no verán alterados sus ingresos mientras subsista la misma.
17.- Mientras se mantengan las medidas de prevención, los funcionarios podrán ser trasladados a otras dependencias o ser destinados a funciones distintas de las habituales en forma transitoria.
18.- Las medidas se disponen de acuerdo al estado de situación al día de hoy, pero pueden ser revisadas en cualquier momento, así como disminuirlas o aumentarlas.
19.- Los Directores Generales, Directores de Departamento y Jefes de Unidad quedan facultados a adoptar las medidas pertinentes que eviten la aglomeración de personas ante casos no comprendidos en la presente resolución, en consulta con el delegado del Sector, dando cuenta al Sr. Intendente.
20.- Declarar en sesión permanente a la Comisión Bipartita de Salud y Seguridad Laboral.
21.- Esta Resolución entra en vigencia en el día de la fecha.
22.- Insértese en el Libro de Resoluciones, notifíquese a todas las Direcciones, Unidades y Municipios, publíquese en diarios locales y en la página web de la Intendencia de Salto, dese noticia a las emisoras radiales para

su máxima difusión.

Dr. Alejandro Noboa Silva
INTENDENTE

Dr. César I. Sánchez Sena
SECRETARIO GENERAL

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